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lunes, 23 de mayo de 2016

SUDÁFRICA

SUDÁFRICA



Ubicación geográfica: Limita al norte con Botsuana, Namibia, Zimbabue, Sualizandia y Mozambique. Al este con el Océano Índico y al oeste con el Océano Atlántico.

Rodeado por la República de Sudáfrica se ubica el Reino de Lesoto.

Capital: Actualmente Sudáfrica se divide en 9 provincias y el país posee 3 capitales: Ciudad del Cabo como capital legislativa, Pretoria como administrativa y Bloemfontein como judicial.

Idioma: Afrikaáns e inglés.

Moneda: Rand.

Forma de gobierno: Sistema parlamentario.


BANDERA



Fue adoptada el 27 de abril de 1994.

La Y simboliza la convergencia en una sola nación. El color rojo la sangre. El azul el cielo, mientras que el verde simboliza la tierra de Sudáfrica. El negro representa a los ciudadanos sudafricanos negros y el blanco a los ciudadanos sudafricanos blancos. El amarillo sería por los recursos naturales de Sudáfrica, como el oro.

HISTORIA

Þ    Sudáfrica contiene grandes reliquias arqueológicas que confirman la existencia de varias especies como el Homo Habilis, Homo Erectus y el Homo Sapiens como sus primeros habitantes. Los grupos bosquimanos y los bantúes fueron algunos de los primeros habitantes en Sudáfrica con un sistema de vida desarrollado.
Þ    La llegada de los portugueses en el año 1487 marcó el comienzo de la historia escrita en Sudáfrica.
Þ    Bartolomé Días llegó al Cabo de Buena Esperanza después de recorrer la parte más meridional de África, mientras que para finales del siglo XVI, los ingleses y los daneses comenzaron la expansión de las rutas hacia Sudáfrica invadiendo en el año 1795 el Cabo de Buena Esperanza y Cape Town.
Þ    Los holandeses, británicos y los franceses, lucharon por el control del Cabo, resultando finalmente vencedores los británicos en 1806.
Þ    La Primera Guerra de los Boers (1880-1881) intensificó los deseos independentistas de los nativos, pero los británicos se reforzaron y ganaron la Segunda Guerra de los Boers (1899-1902).
Þ    La Unión de Sudáfrica se estableció en 1910 y finalmente Sudáfrica logró su independencia del Reino Unido, convirtiéndose en República el día 31 de mayo de 1961 y sustituyéndose la figura de Gobernador General con la de Presidente de Estado.



PODER EJECUTIVO

*      El Presidente de la República es la cabeza del Estado, jefe de gobierno y jefe de la fuerza de la defensa de Sudáfrica.
*      Conduce al país en los interese de la unidad nacional de acuerdo a la Constitución.
*      El Presidente tiene las siguientes atribuciones:
*      Conferir distinciones, nombrar, acreditar, recibir y reconocer embajadores, representantes diplomáticos y otros funcionarios consulares.
*      Otorgar el perdón o suspender la ejecución de una pena
*      Firmar y ratificar convenios y tratados internacionales.
*      Revocar o proclamar la Ley Marcial, así como declarar la guerra o firmar la paz.
*      Nombrar a su gabinete y desempeñar las funciones que le confiere la ley.
*      El Presidente es elegido por la Asamblea Nacional y dura 7 años en el cargo.
*      Existen dos presidentes ejecutivos suplentes y el gabinete está compuesto por el Presidente, Presidentes Suplentes Ejecutivos y 27 Ministros designados por el Presidente.



                                      El actual presidente es Jacob Zuma, electo el 22 de abril de 2009.

PODER LEGISLATIVO

  • El parlamento es la autoridad legislativa de Sudáfrica, tiene el poder de elaborar leyes para el país de acuerdo a la Constitución.

  • Actualmente el Parlamento es bicameral y abierto a todas las razas; compuesto de una asamblea Nacional y un Senado.

  • La Asamblea está compuesta de 400 miembros elegidos por un sistema de representación proporcional.

  • El Senado está compuesto de diez miembros por cada provincia, cada legislador provisional nomina a senadores en proporción con el soporte del partido de la provincia.


PODER JUDICIAL

El poder judicial goza de autonomía e independencia respecto al gobierno. A la cabeza se encuentra la Corte Suprema de Justicia integrada por la división de apelación.

Integran el poder judicial:


  1. División de Apelación – tribunal máximo, integrado por el Procurador General y jueces de apelación. Tiene jurisdicción para revisar y dictar sentencias en contra de cualquier decisión emanada de un tribunal de una división provincial o local.
  2. Divisiones Provinciales y Locales – cada una está formada por un juez principal y por uno o más jueces suplentes principales y el número de jueces que determine el Presidente del Estado.
  3. Divisiones Locales: están presididos por jueces de la división provincial.
  4. Divisiones Locales de Circuito – son tribunales itinerantes, está presidido por un juez de la división provincial y visitan en forma periódica zonas designadas por el juez que preside la división provincial.
  5. Tribunales Superiores Especiales – Cuando el Procurador General decide llevar a juicio un acusado por un cargo relacionado con la seguridad del Estado o la conservación de la paz pública. El presidente del Estado puede crear dicho tribunal, integrado por 3 jueces.
  6. Tribunales Regionales – se establecen en uno o más lugares dentro de cada división regional.
  7. Tribunal de Demandas Menores – conoce de asuntos de poca cuantía los cuales son resueltos por un comisionado en el Tribunal de Demandas Menores. La decisión del comisionario es irrevocable, no se puede apelar ante un Tribunal Superior.
  8. Consejo de Reglas Generales – está formado por expertos en todos los campos de la profesión legal, podrá revisar reglas existentes de procedimientos judiciales, previa aprobación del Ministro de Justicia, podrá elaborar, enmendar o derogar reglas aplicables a la Suprema Corte y tribunales inferiores, está facultado para asesorar al Ministro de Justicia sobre los límites de jurisdicción monetaria.

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